🔊 PROTOCOLO DE MEDICIÓN DE RUIDO EN EL AMBIENTE LABORAL 

📋 ALCANCE Y MARCO NORMATIVO

Carácter: obligatorio para establecimientos regidos por la Ley 19587.
Vigencia del informe: 12 meses desde la fecha de medición.
Cobertura: Nacional.
Organismos de control: Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Nación) - Secretaría de Trabajo y Empleo (CABA) - Ministerio de Trabajo (GBA) - Municipios - SRT - ART.

⚙️ EQUIPAMIENTO Y TRAZABILIDAD

Instrumento: sonómetro calibrado según Patrones Nacionales.
Capacidad: medición de niveles de ruido (NSCE, dosimetría, banda de octavas).
Trazabilidad: garantizada mediante certificados de calibración.

📝 METODOLOGÍA

Las mediciones se realizan siguiendo el protocolo establecido por la Resolución. Los valores obtenidos se incorporan al informe técnico y se analizan conforme los requisitos. En función de los resultados, se proponen mejoras o adecuaciones cuando corresponda.

📋 PEDINOS PRESUPUESTO

Necesitamos saber los siguientes datos:
Dimensiones aproximadas del sector/es a evaluar.
Rubro / actividad productiva.
Ubicación del establecimiento.